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ARCA prorrogó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

La resolución general 5851/2026 fija nuevas fechas hasta el 27 de julio de 2026 para presentar y pagar declaraciones del período fiscal 2025.

Redacción
Por Redacción
22 de May de 2026 3 min de lectura
ARCA prorrogó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó el viernes 22 de mayo de 2026 la prórroga excepcional de los vencimientos para la presentación y el pago de las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al impuesto sobre los Bienes Personales por el período fiscal 2025. La medida quedó plasmada en la Resolución General 5851/2026, publicada en el Boletín Oficial, y extendió los plazos originalmente previstos en los calendarios vigentes. Además, la norma unificó los plazos del impuesto cedular y de las declaraciones informativas vinculadas con el objetivo de dar más tiempo a los contribuyentes personas humanas y a las sucesiones indivisas para regularizar sus obligaciones y ordenar la documentación requerida para presentar las declaraciones.

La extensión alcanzó tanto a quienes tributan bajo el régimen general como a quienes optaron por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Las nuevas fechas fijaron como límite el 27 de julio de 2026 para la presentación de las declaraciones y para el pago del saldo resultante, en función de la terminación de la CUIT. La resolución mantuvo el esquema de vencimientos escalonados por final de CUIT y corrió hacia fines de julio los plazos que antes operaban en junio, con lo cual la carga operativa y de vencimientos se trasladó hacia meses posteriores y obligó a revisar la planificación de tareas en estudios contables y áreas administrativas.

La medida incluyó al impuesto cedular, que grava rentas de fuente financiera, y prorrogó los plazos para las declaraciones informativas obligatorias. ARCA comunicó además la puesta en marcha de facilidades administrativas para los contribuyentes comprendidos en el régimen simplificado: ese régimen establece una vía abreviada de presentación para personas físicas con determinados topes de ingresos y de patrimonio. Diversos colegios profesionales y cámaras tributarias informaron que la prórroga y las normas complementarias buscaron evitar la congestión de trámites al inicio del régimen fiscal y aportar mayor previsibilidad administrativa para la presentación y cruces de información.

La reacción del sector contable fue mixta: asesores y profesionales señalaron que la prórroga alivianó la carga operativa en estudios y en áreas de administración de empresas, pero advirtieron que el aplazamiento concentrará liquidaciones en julio y podría complicar la planificación de pagos y el manejo del flujo de caja. Representantes de contribuyentes consultados por este medio indicaron que la extensión dará más tiempo para completar cruces de información, ajustar deducciones por cargas de familia y revisar tratamientos patrimoniales que requieren valuaciones actualizadas, aunque pidieron coordinar con anticipación para distribuir las tareas y evitar picos de trabajo.

Qué sigue: la resolución obliga a los contribuyentes a revisar las nuevas fechas en el micrositio de ARCA y en los calendarios publicados en la página oficial. Los asesores tributarios recomiendan anticipar la descarga de constancias y la revisión de datos patrimoniales para evitar errores de última hora y posibles multas por omisión. Si surgieran interpretaciones dudosas o pedidos de aclaración, ARCA dispone canales de consulta y la posibilidad de dictar normas complementarias; por ahora, la resolución 5851/2026 fijó el marco y dio a los contribuyentes hasta el 27 de julio de 2026 para cumplir con Ganancias, Bienes Personales, cedular y las declaraciones informativas.

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22/05/2026 Fecha de publicación
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